22 de octubre de 2013

Evita pagar de más por tu factura eléctrica

Desde este mes de agosto la estructura de la tarifa eléctrica ha cambiado sustancialmente. Más que una subida, se trata de una modificación en el modelo de facturación. El término de potencia o parte fija de la factura, es decir lo que nos cobra la compañía por cada kilovatio que tenemos contratado, ha aumentado un 36%. Esto quiere decir que si tenemos una instalación sin consumo, el recibo nos subirá un 36%.


Por otra parte, el precio del kilovatio hora, la parte variable de la factura que depende del consumo, ha bajado. En el caso de instalaciones con mucho consumo, el recibo puede llegar a bajar con respecto a las anteriores facturas.

Este cambio es debido al descenso en el consumo que se está produciendo en España, esto obliga a compensar esta caída de ingresos por consumo en aumento por término de potencia. Este cambio puede afectar radicalmente a nuestra factura de la luz y encontrarnos con una ingrata sorpresa en el próximo recibo.

Los ciudadanos no tenemos el poder de las grandes eléctricas para influir en la redacción de los Decretos, no nos queda otra que adaptarnos a las nuevas circunstancias.  Esta reforma, nos obliga a revisar la potencia de nuestro contrato para ajustarla según nuestras necesidades reales, evitando su sobredimensionamiento. Existen dos posibles casos para ajustar la potencia contratada:

1)      En hogares y pequeños negocios con potencia contratada inferior a 15kW
En este caso cuando excedemos la potencia contratada, el dispositivo llamado limitador hace que se desconecte toda la instalación. Lo único que podemos hacer, es ajustar la potencia contratada a una demanda razonable. Debemos evitar tener varios receptores de gran consumo (horno, vitrocerámica, termo, calefactores, aire acondicionado, etc.) encendidos simultáneamente. Con esto podemos bajar el término de potencia en el contrato y ahorrar en la factura.

2)      En negocios con potencia superior a 15kW
El control del término de potencia en instalaciones con maxímetro es más complicado, ya que no nos damos cuenta de la potencia máxima que estamos demandando en un momento dado. Nos solemos dar cuenta cuando nos llega la factura.

En estos casos se debe hacer un estudio de las demandas de la instalación y ajustarnos al mínimo imprescindible. Debemos, controlar y poner los dispositivos necesarios para no sobrepasar esa potencia. Posteriormente bajamos la contratación al 95% de ese mínimo, ya que hasta el 105% no existe penalización por cuota de potencia.

Un problema grave que nos vamos a encontrar, son las instalaciones que tienen contratada una potencia inferior a la que están demandando. En este caso la compañía eléctrica factura aproximadamente el 300% de la potencia que se ha pasado.

Si traducimos estas cifras a un contrato con un potencia de 30 Kw y demandamos 50 Kw, nos facturarán aproximadamente 90 Kw, lo que supondría una penalización en la factura mensual de más de 300€. En este caso se deberá aumentar la potencia contratada al 95% del consumo máximo.

En resumen, la reforma energética puede afectar sensiblemente nuestro recibo de electricidad, es por ello que debemos revisar nuestro contrato de suministro y adaptarlo para evitar pagar en exceso el incremento desproporcionado de la cuota fija.

#Bájatelapotencia

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