17 de febrero de 2014

La reforma eléctrica del Gobierno está afectando a la seguridad jurídica y de inversiones y a la "Marca España"

Pronto se publicará en el BOE, el real decreto que regula la actividad de producción de energía eléctrica a través de Fuentes de Energía Renovables, de Cogeneración y Residuos que junto con su Orden marcará las retribuciones que percibirán las empresas renovables en los próximos años.

El pasado verano el RDL 9/29013 inició un cambio de paradigma de la retribución a las energías de régimen especial, del sistema de primas a la actual rentabilidad razonable, que puede suponer la puntilla definitiva al sector de las energías renovables en España. Lo cierto es que todo está en el aire, porque hasta que no salgan en el BOE el decreto y no se conozca bien el contenido de la Orden Ministerial, todo son hipótesis. Esta situación hace que las empresas renovables estén cobrando las primas a cuenta de una nueva regulación cuya aplicación no se espera antes de marzo. Asunto kafkiano donde los haya es que estas empresas a día de hoy no puedan siquiera cuantificar sus perdidas y que sigan sumidas en el terreno de la incertidumbre y la conjetura. Alguna de ellas está al borde del default. 

Es cierto que en el sistema eléctrico las cuentas no salen y que es prioritario un nuevo marco retributivo que consiga contener el déficit de tarifa; pero es más cierto que determinadas medidas legislativas están rozando esa frontera difusa que va del riesgo regulatorio a la responsabilidad patrimonial del Estado. Por mucho que el Memorando de Entendimiento para recibir las ayudas de la UE exigiera a España que abordase "de una forma exhaustiva el problema del déficit de tarifa eléctrica", es indiscutible que solucionar el déficit de tarifa, a base de estos cañonazos legislativos, no parece que sea una solución adecuada.

La reforma eléctrica del Gobierno está afectando a la seguridad jurídica y de inversiones y a la "Marca España" en el exterior. Mientras que la reforma toma cuerpo, el Supremo acaba de dictar una sentencia de 13 de enero de 2014 sobre un recurso contra los ajustes producidos por Reales Decretos y Ordenes Ministeriales de 2010, que recortaban los años con derecho a prima y limitaban las horas de primas dentro del mismo año. El recurso fundamentaba su pretensión anulatoria sobre seguridad jurídica y protección de la confianza legítima reconocida en los Tratados y en la Carta de la Energía. Pues bien la sentencia considera que las medidas de fomento no pueden ser perpetuas o ilimitadas y que la seguridad jurídica no puede ser un freno a las modificaciones normativas y que la variación de los incentivos económicos puede adoptarse legítimamente en el marco de los "riesgos regulatorios". 

Finalmente, el fallo desestima el recurso contencioso interpuesto por grupos empresariales y de inversión. Esta sentencia del Supremo pasa a engrosar el listado de pronunciamientos judiciales que permite al legislador, bajo el escudo del llamado "riesgo regulatorio", cambiar atropelladamente las retribuciones de un sector, incluso, a veces con efectos retroactivos. Este pronunciamiento pone la alfombra, en este caso, verde más bien gris al futuro Real Decreto de Renovables y su Orden Ministerial y sitúa en nuestro Estado de Derecho la garantía de la responsabilidad patrimonial del Estado en una garantía hueca que no frenará, a priori, la futura retribución a las renovables. 

Si nuestros tribunales no amparan a las empresas energéticas y a sus accionistas, ambos tendrán que buscar respuestas en instituciones internacionales, (el CIADI o la Comisión Europea) con base en la propia Carta Europea de la Energía, ratificada por España.

La sabia lentitud de las asambleas legislativas, que defendía Hauriou, ha dado paso, al menos en España, a un derecho enloquecido que ha dejado al sector energético en un manto de incertidumbre, impropio de un Estado de Derecho, que perjudica a la libertad de las empresas, a sus accionistas y usuarios, así como a todo el sistema eléctrico, que presta un servicio económico de interés general. Desalentador sería que las instituciones internacionales nos tuviesen que enmendar la plana, resolviendo un problema de gran calado jurídico al que no se está sabiendo dar solución por nuestra Justicia.

Fuente: Eleconomista

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